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Protección internacional

Solicitud de protección internacional (asilo o protección subsidiaria). Para personas con fundado temor de persecución por raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, o pertenencia a grupo social; o que enfrentan daño grave al regresar a su país.

Información orientativa

Esta información es orientativa y no sustituye asesoramiento legal. La "ruta más probable" se basa en tus respuestas y puede no reflejar tu situación exacta. Consulta con un abogado de extranjería antes de iniciar cualquier trámite.

Guía paso a paso

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    Solicita protección lo antes posible

    La solicitud de asilo debe presentarse lo antes posible después de entrar a España. Puedes hacerlo en puestos fronterizos, dependencias de la Guardia Civil o en las Oficinas de Asilo y Refugio (OAR). No hay un plazo estricto pero es importante actuar pronto.
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    Formalización de la solicitud

    La Oficina de Asilo y Refugio (OAR) del Ministerio del Interior formaliza la solicitud. Recibirás un documento que acredita que tienes una solicitud en trámite, lo que te protege de la expulsión mientras se estudia tu caso.
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    Entrevista y estudio del expediente

    La OAR estudia tu caso. Es muy importante contar con asistencia jurídica gratuita (ACNUR, CEAR, Cruz Roja, abogado de oficio) para preparar la entrevista y el relato de tu situación.
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    Resolución y estatuto de refugiado o protección subsidiaria

    Si se reconoce la protección, obtienes el estatuto de refugiado (5 años, renovable) o protección subsidiaria (1 año, renovable). Ambos dan derecho a residir y trabajar en España.
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    Apoyo durante el proceso

    Durante la tramitación, puedes acceder a ayudas del sistema de acogida: alojamiento temporal, orientación jurídica y psicológica, apoyo para la integración laboral. Contacta con ACNUR, CEAR, Cruz Roja o una ONG especializada en asilo.

Checklist de documentos

  • Pasaporte u otro documento de identidad (si disponible)
  • Relato escrito de las razones de la solicitud de protecciónobligatorio
  • Cualquier documento que apoye el relato (amenazas, noticias, etc.)
  • Dirección de contacto en Españaobligatorio
  • No se requiere formulario EX — presentación directa en OAR o frontera

Formularios oficiales

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